IMPLEMENTA EL AYUNTAMIENTO DE AGUASCALIENTES ACCIONES DE PROTECCIÓN DE LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LA CIUDADANÍA

  • El próximo mes de agosto entrará en vigor la reforma que regula en conductores el uso de teléfonos celulares.
  •  El objetivo es disminuir el índice de accidentes viales por prácticas inadecuadas mientras se conduce.
  •  La sanción a las primeras infracciones consiste en trabajo comunitario. La reincidencia se castigará con la suspensión de la licencia.

Nuevas reglas de tránsito

Con el propósito de proteger la vida, la integridad física de la ciudadanía y disminuir la incidencia de accidentes viales, el Gobierno Municipal de Aguascalientes, impulsa una reforma en materia de tránsito para regular el uso de teléfonos celulares al momento de conducir.

El síndico procurador del H. Ayuntamiento de Aguascalientes, José de Jesús Santana García, a través de la Comisión Permanente de Seguridad Pública de la cual es Colegiado, promovió las correspondientes modificaciones al Código Municipal, que entrarán en vigor el 1 de agosto de 2016.

Según datos de la Secretaría de Salud, el hecho de conducir utilizando el celular aumenta en un 400 por ciento la posibilidad de un accidente. Enfatizó que esta iniciativa está dirigida a toda la población que conduzca un automotor en el municipio de Aguascalientes, no persigue fines recaudatorios, pues la sanción a las primeras infracciones consiste en la realización de trabajo comunitario, con actividades de arreglo del entorno urbano, cursos de capacitación y prevención de accidentes y pláticas de concientización.

 “En el mundo y Aguascalientes no está excluido, ha habido un aumento de accidentes por alcance, muchos de ellos fatales por el uso del celular, personas poco conscientes utilizan el celular no sólo para hablar, sino para enviar mensajes. Distraerse dos segundos es perder el control de cualquier acción al manejar, son varias las distracciones, no sólo física, sino cognoscitiva, se pierden los efectos de la distancia, velocidad y frenado, según estudios de la Organización Mundial de la Salud”.

Se consideran tres tipos de conductores; en primera instancia, particulares que usan sus vehículos para trasladarse, a quienes se les prohíbe usar el celular al ir el vehículo en movimiento sin el aditamento manos libres u obstruyendo ambos oídos. Para éstos la mala práctica se sancionará, la primera ocasión con 10 a 18 horas de trabajo comunitario; la primera reincidencia: de 19 a 36 horas de trabajo comunitario; la segunda reincidencia: multa de 20 a 50 días de salario mínimo general vigente en el Estado; y la tercera reincidencia y siguiente: suspensión de 4 a 12 meses de la licencia para conducir en este municipio.

“En la tercera ocasión en que incurran en lo mismo habrá que determinar una sanción económica que puede ser de hasta de 3 mil 500 pesos, que son de 20 a 50 días de salario mínimo la multa podrá ser desde 1,400 hasta 3, 500 pesos depende de lo que el juez calificador determine, si en el mismo acto iba a exceso de velocidad, será mayor, si va en estado inconveniente, ya el juez calificador determinará. Confiamos en que la ciudadanía de Aguascalientes tome conciencia, si insisten en una cuarta ocasión en trasgredir el Reglamento de Tránsito entonces se suspenderá la licencia hasta un año, de cuatro meses a un año”.

Otra clasificación, son aquellos que su trabajo consiste en conducir. Se les prohíbe totalmente la utilización del celular al manejar, incluso con el aditamento de manos  libres, y se consideraría dentro de estos a: conductores de transporte público, de camiones de carga, de camiones que transporten sustancias tóxicas o peligrosas, así como de ambulancias y de servicios de emergencias.

En estos casos la sanción será: en la primera ocasión, de 10 a 18 horas de trabajo comunitario; primera reincidencia, de 19 a 36 horas de trabajo comunitario; segunda reincidencia, multa de 50 a 150 días de salario mínimo vigente en el Estado; y tercera reincidencia o siguientes, suspensión de 4 a 12 meses de licencia.

Aplicará también a servidores públicos que desarrollan su función o parte de ésta conduciendo vehículos propiedad municipal; en este caso queda prohibido conducir y utilizar el celular sin dispositivo manos libres en un vehículo propiedad del Municipio en movimiento. Se aplicarán además de las anteriores sanciones, una suspensión de 1 a 15 días de labores sin goce de sueldo.

A los conductores que no residan en el municipio de Aguascalientes, se aplicarán directamente las siguientes sanciones: A particulares, multa de 20 a 50 días de salario mínimo general; y transportistas, de 50 a 150 días de salario mínimo.

Para llevar un control, la Secretaría de Seguridad Pública hará un registro de las sanciones de suspensión de licencias para conducir; creará unidades y/o grupos especializados en la prevención y calificación de hechos de tránsito terrestre.

Por otra parte, el Síndico Procurador subrayó que el Gobierno Municipal deberá realizar acciones como: los vehículos que adquiera a partir de la entrada en vigor de esta reforma, deberán contar con las características necesarias para la utilización del dispositivo manos libres.

Se destinarán los recursos necesarios a efecto de que a los vehículos propiedad Municipal, que hayan sido adquiridos del 2010 a la fecha, se les realicen las modificaciones necesarias para que cuenten con el dispositivo de manos libres inalámbrico. Asimismo, habló de la institución de un grupo de policía motorizado encargado de vigilar que se cumpla el Reglamento de Tránsito.

Dentro de las modificaciones, se adhiere la suspensión de la licencia a aquellas personas que reincidan al conducir con aliento alcohólico o en estado de ebriedad.

Se iniciará una jornada de difusión para dar a conocer a la ciudadanía estas disposiciones que coadyuvan a la concientización social y a la campaña “5 Hábitos al Volante”, con el objetivo de crear en las y los conductores una cultura vial que permita la sana convivencia entre automovilistas, peatones y usuarios de bicicletas.