Revocació para legisladores. 01

Geovanna Bañuelos propone revocación de mandato para legisladores y alcaldes

Para garantizar el cumplimiento del Artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, el cual reconoce que “el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de gobierno”, la senadora Geovanna Bañuelos propone establecer la revocación del mandato para todos los cargos de elección popular.

“Durante las últimas décadas, el artículo 39 constitucional se convirtió en letra muerta y el poder público se ha ido degradando paulatinamente en los últimos años. Es momento de hacer válidos los postulados de la Cuarta Transformación”, enfatizó.

Al fundamentar una iniciativa que reforma los artículos 35, 51, 56, 115, 116 y 122 constitucionales, la coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo explicó que la revocación de mandato deriva de la pérdida de confianza en los servidores públicos cuyo mandato proviene de la elección popular, por lo que resulta necesario que todos los servidores públicos, cuyo mandato proviene de las urnas, puedan ser revocados.

Para ello, apunto, es imperativo reformar diversas disposiciones de la Carta Magna para ampliar los derechos de la ciudadanía; es decir, se debe diseñar un andamiaje institucional que le permita al pueblo mexicano, revocar el mandato de los Diputados Federales, los Senadores de la República, los Diputados de los 32 Congresos locales, así como los integrantes de ayuntamientos y municipios.

“Solamente mediante esta reforma podremos convertir en realidad el mandato del constituyente que consiste en que el pueblo tiene, en todo momento, el exclusivo derecho de alterar o modificar su forma de gobierno”, aseveró Geovanna Bañuelos.

Para ello, se propone reformar la fracción décima del Artículo 35 Constitucional para que los mexicanos tengan el derecho a participar en los procesos de revocación de mandato de todos los cargos de elección popular de los tres órdenes de gobierno.

Asimismo, se adicionan dos nuevas secciones al multicitado artículo para regular los procesos de revocación de mandato de las y los legisladores federales.

En el documento inscrito en la Gaceta del Senado, se establece que el Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de convocar y organizar los procesos revocatorios de los integrantes del Poder Legislativo Federal.

Las y los diputados podrán ser sujetos de revocación de mandato una vez que se cumpla el año y medio del periodo para el que fueron electos, mientras que en el caso de las y los senadores será a los tres años de que iniciaron su encargo.

Para ello, serán necesarios las firmas equivalentes al 10% de la lista nominal de electores del distrito electoral de que se trate y se cumpla con el requisito de dispersión territorial, en donde el apoyo ciudadano deberá provenir, al menos, del 50% de las secciones, además para que el resultado sea vinculante será necesaria una participación del 30%.

En el caso de las y los diputados electos mediante el principio de representación proporcional, el apoyo deberá provenir de, por lo menos, la mitad de las entidades federativas que integran la circunscripción electoral.

Para revocar el mandato de las y los senadores electos bajo el principio de mayoría relativa y de primera minoría, la solicitud deberá provenir de, por lo menos, la mitad de los distritos electorales que integran la entidad federativa a la que representan.

Mientras que para revocar el mandato de las senadoras y los senadores electos bajo el principio de representación proporcional, el apoyo de la solicitud deberá provenir de, por lo menos, 17 de las entidades federativas que conforman la circunscripción única nacional.

En el tema de diputados locales, se plantea que los congresos de las entidades federativas deberán regular la revocación de mandato de todos los puestos de elección popular locales en un plazo no mayor a 180 días naturales para armonizar sus constituciones.

Además, para evitar que el INE se apropie de las facultades del Congreso de la Unión, Geovanna Bañuelos propone que se establezca que el Legislativo contará con la libertad plena para formular las preguntas para la revocación de mandato.

Para que la revocación sea un derecho efectivo se obliga al INE para que instale, como mínimo, el mismo número de casillas que en la elección federal inmediata anterior.