Sesión Extraor 01

Aprueba IEE proceso de destrucción de documentación del Proceso Electoral Local 2021-2022

  • Se destruirán más de un millón de boletas electorales, 31,000 actas y formatos,
    además de la desactivación de 3,600 tintas de líquido indeleble.

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) avaló el proyecto de acuerdo en el
que se determina el lugar, fecha y hora para la destrucción de la documentación y material
electoral, así como la desactivación del líquido indeleble, utilizados en el Proceso Electoral
Local 2021-2022, mediante el cual se renovó la gubernatura de Aguascalientes.
Según lo dispuesto en el artículo 188 del Código Electoral para el Estado de Aguascalientes,
el proceso de eliminación se debe realizar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de
declaratoria de conclusión del proceso electoral por parte del Consejo General, mismo que
deberá realizarse ante la presencia de una persona notaria pública, además de que se
emplearán métodos que protejan el medio ambiente y permitan su reciclaje.
De esta forma, el procedimiento dará inicio el próximo jueves 13 de octubre del año en
curso, en punto de las 12:00 p.m. en la bodega electoral del IEE con el traslado de los
insumos a las instalaciones de las empresas seleccionadas para tal fin.
La trituración de la documentación y material correrá a cargo del proveedor José Luis
Hernández Vázquez (Grupo Remex) y la desactivación del líquido indeleble se llevará a cabo
por la empresa “Protoss Metales S.A. de C.V.”.
Entre los insumos que se destruirán, se encuentran 1,043,792 boletas electorales para el
voto en los 18 distritos locales, 124 boletas para el voto en el extranjero por la vía postal,
128 boletas para el voto anticipado, 31,336 actas y otros formatos, 3,600 tintas de líquido
indeleble, entre otros materiales.
En otro punto del orden del día, se aprobó la creación e integración de la Comisión
Temporal de Normatividad, la cual tendrá como objetivo el análisis y revisión del marco
normativo en la materia, de cara al proceso electoral 2023-2024.

10 octubre 2022

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Algunas de sus atribuciones serán la evaluación de la normatividad interna emitida por el
Consejo General, la facultad para proponer proyectos de reforma o expedición de nuevos
reglamentos, lineamientos, códigos, manuales y otros instrumentos normativos, además de
colaborar, coadyuvar y promover propuestas de reforma al Código Electoral vigente al H.
Congreso del Estado, entre otras.
La Comisión Temporal de Normatividad tendrá vigencia del 11 de octubre de 2022 al 30 de
septiembre de 2023 y estará conformada por las Consejerías Electorales: Javier Mojarro
Rosas (Presidente), Mariana Eréndira Ramírez Velázquez (Secretaria), Francisco Antonio
Rojas Choza (Vocal), así como por la Directora Jurídica del instituto, Anahí Adriana Aguilera
Díaz de León (Secretaria Operativa), quienes tomaron protesta durante la sesión.
De igual manera, el Consejo General aprobó por unanimidad los proyectos de resolución
relativos a los procedimientos sancionadores ordinarios identificados con los expedientes
IEE/PSO/002/2022 e IEE/PSO/003/2022, integrados a partir de las denuncias interpuestas
por el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes (ITEA) en contra del partido
político Morena, por incumplir con sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a
la información. Como resultado de los procesos, se determinaron dos sanciones,
equivalentes, cada una, a 800 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización
(UMA), lo que representa una sanción de $76,976 pesos, cantidades que serán deducidas de
las ministraciones de gasto ordinario del partido político.
Otro punto desahogado en la sesión fue el desechamiento del procedimiento sancionador
ordinario IEE/PSO/004/2022, integrado a partir de la denuncia del C. Aldo Emmanuel Ruíz
Sánchez por presuntos hechos de calumnia por parte de un medio de comunicación, del que
se resolvió que la legislación electoral no comprende como calumnia los hechos que fueron
materia de la denuncia, además de que los medios de comunicación no se comprenden
como sujetos que puedan cometer este tipo de infracción, ya que la nota periodística no se
erige por sí misma como propaganda política y/o electoral.●